La Justicia de Entre Ríos ratificó la validez del sistema de fotomultas para detectar infracciones de tránsito, pero también dejó sin efecto sanciones aplicadas a conductores que fueron notificados después de más de dos años.

Las decisiones fueron tomadas de manera individual por integrantes de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº1 de Paraná, quienes analizaron distintos recursos presentados por personas sancionadas mediante el sistema de control electrónico.

En sus resoluciones, los magistrados consideraron que la utilización de cámaras, fotografías digitales y filmaciones para detectar infracciones no viola la Constitución, siempre que se garantice a los conductores la posibilidad de defenderse y presentar pruebas.

En ese sentido, explicaron que una persona puede cuestionar una fotomulta si demuestra que, al momento de cometerse la infracción, no era titular del vehículo, no conducía el rodado o existieron circunstancias de fuerza mayor que justifiquen lo ocurrido.

Además, señalaron que el crecimiento del parque automotor y el aumento de los accidentes de tránsito con víctimas fatales en Entre Ríos, registrados en estadísticas oficiales, justifican la utilización de herramientas tecnológicas para controlar el cumplimiento de las normas viales.

De esta manera, la Justicia consideró que el sistema de fotomultas es válido, pero su aplicación debe respetar el derecho de defensa de los ciudadanos.

Anularon multas
Por otra parte, los integrantes de la Cámara resolvieron anular sanciones en casos donde la Policía de Entre Ríos demoró más de dos años en notificar a los presuntos infractores.

Los magistrados entendieron que esas demoras vulneraron el principio de plazo razonable, que obliga a la administración pública a desarrollar los procedimientos sancionatorios sin retrasos injustificados.

Esto significa que, aunque una infracción haya sido registrada correctamente por una cámara, la sanción puede quedar sin efecto si el procedimiento administrativo no respeta los plazos razonables.

Los fallos no implican la eliminación del sistema de fotomultas ni la anulación general de todas las multas notificadas fuera de ese período. Se trata de resoluciones adoptadas sobre casos particulares, en los que la Justicia analizó las circunstancias de cada expediente.

En total, el Poder Judicial informó sobre seis resoluciones: tres relacionadas con la constitucionalidad del sistema y el derecho de defensa, y otras tres referidas a demoras en las notificaciones.

Las sentencias completas pueden consultarse en la Mesa Virtual del Poder Judicial de Entre Ríos, mediante los expedientes Nº 2920, 2981 y 3020, sobre debido proceso, y Nº 2607, 3204 y 3211, sobre plazo razonable.

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